https://bcm2.sii.cl/mypes/ssm

¿En qué consiste?

  • Es un subsidio mensual para Micro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes), cooperativas, personas jurídicas sin fines de lucro (fundaciones u otras) y comunidades, orientado a apoyarlas en el pago del nuevo sueldo mínimo establecido en la Ley N°21.456.
  • Para acceder, la Mipyme debe realizar la solicitud por una sola vez desde el 14 de junio. 

Conoce las condiciones:

¿Quién debe solicitar el Subsidio?

La empresa es quien debe realizar la solicitud del beneficio, en la opción que estará disponible desde el 14 de junio.

Al ingresar, se informará automáticamente si puede acceder, de acuerdo a lo que establece la Ley N°21.456, y el monto del subsidio correspondiente.

¿Cuándo debe solicitarlo la Mipyme?

Las Mipyme que cumplan las condiciones establecidas en la Ley N°21.456 deberán solicitarlo por una sola vez, desde el 14 de junio, en la plataforma habilitada.

El pago se realizará hasta 15 días después de aceptada la solicitud del beneficio. Los siguientes meses, se depositará automáticamente
hasta el último día hábil del mes.

¿Qué Mipymes pueden acceder al Subsidio?

Tengan inicio de actividad en Primera Categoría antes del 1 de agosto de 2022(*), como persona natural o jurídica, incluidas las cooperativas.

Las ventas y servicios del giro deben ser superiores a 0,01 UF e iguales o inferiores a 100.000 UF en 2021.

Tengan 1 o más trabajadoras/es con sueldo mínimo, de acuerdo al período contemplado en la Ley.

Sean persona jurídica sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.

(*)Las empresas que inicien actividades desde el 1 de agosto de 2022, podrán acceder en el caso que el sueldo mínimo aumente a $410.000 (con un IPC de 7%) entre enero y abril de 2023. Si el inicio de actividades es entre mayo y julio de 2022, no tendrán derecho al subsidio en esos meses, pero sí después si cumplen los requisitos.

Mas Info en https://www.sii.cl/destacados/subsidio_mipymes/subsidio_mypimes.html.